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Instituto Nacional de Antropología y Pensamiento Latinoamericano

Cueva De Las Manos



IMPORTANCIA PATRIMONIAL DEL SITIO CUEVA DE LAS MANOS

La Convención del Patrimonio Mundial (https://bit.ly/40VS74W) es un tratado internacional que se firmó en 1972 por los Estados Miembros de las Naciones Unidas, (actualmente estos son los Estados que lo conforman https://www.unesco.org/es/countries).

Cada Estado Parte reconoce la obligación de identificar, proteger, conservar, rehabilitar y transmitir a las generaciones futuras el patrimonio cultural y natural situado en su territorio que tenga un Valor Universal Excepcional. Al ratificar la Convención, cada país se compromete, no solo a conservar los sitios del Patrimonio Mundial situados en su territorio, sino también a proteger su patrimonio nacional. Argentina es miembro de la UNESCO desde 1948.

Esta Convención define al Patrimonio Cultural (Art 1) como:

-“los monumentos: obras arquitectónicas, de escultura o de pintura monumentales, elementos o estructuras de carácter arqueológico, inscripciones, cavernas y grupos de elementos, que
tengan un valor universal excepcional desde el punto de vista de la historia, del arte o de la ciencia,

- los conjuntos: grupos de construcciones, aisladas o reunidas, cuya arquitectura, unidad e integración en el paisaje les dé un valor universal excepcional desde el punto de vista de la
historia, del arte o de la ciencia,

- los lugares: obras del hombre u obras conjuntas del hombre y la naturaleza así como las zonas, incluidos los lugares arqueológicos que tengan un valor universal excepcional desde el
punto de vista histórico, estético, etnológico o antropológico.”

Cueva de las Manos alberga unas de las más antiguas representaciones correspondientes a los primeros grupos de cazadores-recolectores que habitaron el actual territorio argentino.Es
considerado como uno de los sitios con arte rupestre más importantes de la Patagonia argentina y uno de los escasos sitios con presencia de pinturas rupestres correspondientes al
Holoceno Temprano en  excelente estado de conservación.

Por estas razones: en 1993, por decisión del Congreso Nacional, fue designado Monumento Histórico Nacional  (Ley 24.225/93) (https://drive.google.com/file/d/1BNAr-DVNybt91lv_liZHByi8in_Fj8B9/view?usp=sharing); en 1999, fue declarado Patrimonio Histórico, Cultural y Natural de Santa Cruz; y, en diciembre del mismo año, fue nombrado Patrimonio
Mundial por la Unesco bajo el Criterio (iii): “Cueva de las Manos, Río Pinturas, contiene una colección sobresaliente de arte rupestre que representa el testimonio de una de las culturas
más antiguas de Sudamérica” (UNESCO, 1999). 
(https://drive.google.com/file/d/1zkeJlnq6X46mFSVkfYJN1VgzAsiJxcft/view?usp=sharing)

Por su antigüedad y continuidad a través del tiempo, por su composición artística, la policromía y la belleza del diseño, el Comité del Patrimonio Mundial destacó la importancia del
sitio como “un conjunto pictórico único en el mundo”. Las pinturas de la cueva, aleros y farallones del Alto Río Pinturas impactan por su ubicación sobre las bardas de un profundo
cañadón rodeado de un paisaje privilegiado.



UNESCO

La propuesta ante la UNESCO fue llevada adelante por el Instituto Nacional de Antropología y Pensamiento Latinoamericano (INAPL), a través de la Dirección Nacional de Patrimonio de la Secretaría de Cultura de la Nación con el apoyo del municipio y de la comunidad de Perito Moreno y de la provincia de Santa Cruz.


La iniciativa surgió a partir del comienzo del programa de “Documentación y Preservación del Arte Rupestre Argentino” (DOPRARA) en 1995. Este programa se organizó con el objeto de amortiguar los procesos de destrucción de sitios con arte rupestre y su preservación en distintas áreas del país. Coordinaba el proyecto la Dra. Diana Rolandi. Carlos Gradin fue el asesor científico y conformaban el  equipo los siguientes arqueólogos: María Onetto, M. Mercedes Podestá, Ana M. Aguerre y el fotógrafo Mario Sánchez Proaño. En ese momento se le confirió prioridad a Cueva de las Manos y a otro sitio icónico de la arqueología argentina, Incacueva en Jujuy. En la actualidad varios proyectos conforman el DOPRARA (https://docs.google.com/document/d/1UYKi2nbgAVO6e_3mdmBd2GiM-Fn1rHWD/edit?usp=sharing&ouid=106984794419500678372&rtpof=true&sd=true.)

Como primera medida se elaboró un plan de manejo. Como parte de este plan, se realizaron actividades de documentación de arte rupestre, relevamientos y monitoreos del deterioro natural y cultural en el sitio, y actividades de transferencia de conocimientos y capacitación a la comunidad. En 1997 se elevó la propuesta a la Lista del Patrimonio Mundial, en junio de 1998 se realizó la presentación de la propuesta ante UNESCO y, finalmente, el 4 de diciembre de 1999 este organismo internacional formalizó la declaratoria. Aquí adjuntamos la Declaración de Valor Universal Excepcional (https://drive.google.com/file/d/1pvk5-VEwMUuvjWYL5TGAlEow53twQ1JK/view?usp=sharing.)

Las investigaciones arqueológicas a lo largo de los años han demostrado que Cueva de las Manos formó parte de un gran complejo de sitios ubicados en toda la cuenca del Río Pinturas, así como en otras áreas de la región noreste de la provincia de Santa Cruz. 

En base a estos datos y a la legislación existente,  en el año 2018 se presentó a UNESCO la ampliación del área de la declaratoria a toda la Cuenca del Río Pinturas, actualmente esta propuesta está en Lista Indicativa UNESCO bajo el nombre  “Cueva de las Manos y Arqueología de la Cuenca del Río Pinturas”.

LEYES QUE PROTEGEN CUEVA DE LAS MANOS 
Existe un conjunto de leyes que amparan la protección del Patrimonio cultural de Cueva de las
Manos. A continuación presentamos algunas de estas leyes:

Ley Nacional 25.743/2003  “Protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico”

Ley Nacional 24.225/1993 “Monumento Histórico Nacional” 

Decreto 817/2019  “Paisaje Cultural Nacional Cuenca Río Pinturas” . Se extiende el área de protección de Monumento Histórico Nacional a toda la Cuenca del Río Pinturas, pasando a ser “Paisaje Cultural Nacional”. El área que comprende y su zonificación es tomada del área de protección de la Ley Provincial 3394/2014 “Paisaje natural y cultural Cuenca Media e Inferior del Río Pinturas”, que se encuentra descrita más abajo. 

Ley Nacional N.º 25.675 General del Ambiente 

Ley provincial de Protección del Patrimonio Cultural Nº 2472/1997 

Ley Provincial N° 3466 reglamenta el ordenamiento y manejo de las áreas protegidas en la provincia de Santa Cruz y otorgó el marco legal para la creación del “Parque Provincial Cueva de las Manos” Ley Provincial 3613/2018. La superficie aproximada del parque es de 600 has, esta área coincide con el área núcleo UNESCO. 

TURISMO EN CUEVA DE LAS MANOS

Este sitio web está administrado por el Instituto Nacional de Antropología y Pensamiento
Latinoamericano. Por cualquier consulta por servicios turísticos, comunicarse con los
siguientes contactos en Perito Moreno: 

E-mail: [email protected]
Para información del estado de rutas y alertas meteorológicas: Facebook: Protección Civil
Santa Cruz  y Vialidad de Perito Moreno (Distrito Vial Perito Moreno).



NO SE HACEN RESERVAS. EL ACCESO ES POR ORDEN DE LLEGADA. SE PUEDE LLEGAR CON
VEHÍCULO PROPIO O CON EXCURSIÓN CONTRATADA.

Las VISITAS GUIADAS en el parque son cada una hora y duran aproximadamente una hora.
En Temporada Alta (de octubre a marzo) el horario es de las 9 a las 19 hs.
En Temporada Baja (de abril a septiembre) desde las 10  a las 16 hs.



RECOMENDACIONES EN EL PARQUE

—Las fotografías a las pinturas deben ser sin flash.

— Si va en vehículo, recomendamos consultar el estado del camino en las direcciones en Perito Moreno mencionadas arriba.

— Llevar vianda y agua.

— Usar protección para el sol. 

— Calzado cómodo para caminar. 

— Respetar las rejas de protección.

— Cuidar las paredes con pintura.

— Respetar el circuito por la senda establecida.

— Respetar las indicaciones de auxiliares y guías.

— No arrojar basura de ningún tipo en el sendero.

— No acampar o pernoctar en el parque, ni bajar al sendero con mascotas.

— Respetar la flora y la fauna.


CONSERVACIÓN

De acuerdo con la definición de patrimonio de la humanidad propuesta por UNESCO, consideramos que la gestión del patrimonio consiste en las prácticas que lo involucran: “que comienzan con la investigación y continúan con la conservación, protección, exposición, divulgación y su utilización como recurso turístico, entre otras” (Unesco, 1982). Este es un proceso dinámico en que cada una de estas etapas se complementa en la práctica cotidiana
del cuidado del patrimonio


Entendemos por gestión del patrimonio el conjunto de acciones planificadas con el objeto de conseguir una buena conservación de los bienes patrimoniales y un uso adecuado de los mismos.

GESTIÓN DEL PATRIMONIO EN CUEVA DE LAS MANOS